

EUDR: reglamento europeo contra la deforestación
Los exportadores de soja, café, cacao, carne bovina, madera, caucho y aceite de palma hacia la UE necesitan comprobar trazabilidad y cero deforestación. Mangue Tech ayuda a estructurar la debida diligencia ambiental.
Empresas que confían en Mangue Tech









Consultoría + Plataforma
Datos operativos se convierten en indicadores ESG auditables.
Consultoría especialista que entiende EUDR. Plataforma que automatiza el cálculo, versiona el dato y lo exporta en el formato que el regulador exige.
Consultoria
Gestión de datos ESG y compliance, con un especialista que entiende tu sector.
Plataforma
Software propio que automatiza cálculos, indicadores y exportaciones.
Reportes auditables
Inventario GEI, plan de descarbonización e informes listos para el auditor.

Menos tiempo
Recolección automatizada vs. hoja de cálculo manual.
Marcos globales
IFRS, CSRD, CBAM, GRI, SASB, GHG, CDP…
Factores de emisión
IPCC, DEFRA, MCTI, EPA, Ecoinvent.
Cómo actúa Mangue
4 pasos. Del diagnóstico al informe auditable.
Diagnóstico
Sabé qué riesgos ESG impactan tu negocio y qué va a exigir el regulador.
Estrutura
Datos organizados, procesos definidos y todo listo para cualquier verificación.
Operación
Cálculos de emisiones, metas de descarbonización y monitoreo continuo.
Reportes auditables
Cumplimiento activo con IFRS, CSRD, CBAM, GRI, SASB y GHG Protocol.
Entregas de Mangue para EUDR
Cada entrega es un paquete completo: consultor + plataforma + informe auditable. Hacé clic para ver cómo lo aplicamos.
Marcos que aplicamos
El framework
Qué es, y por qué importa.
El EUDR (Regulation 2023/1115) es el reglamento de la Unión Europea que prohíbe la importación de materias primas asociadas a la deforestación. Entró en vigor en junio de 2023, con período de transición hasta diciembre de 2025 (grandes empresas) y junio de 2026 (pymes).
Las siete materias primas cubiertas son: soja, café, cacao, carne bovina, madera, caucho y aceite de palma, además de productos derivados (cuero, chocolate, muebles, papel, etc.). El exportador necesita demostrar que la producción no causó deforestación después del 31 de diciembre de 2020.
La debida diligencia exige tres etapas: recolección de información (geolocalización de las parcelas, fecha de producción), evaluación de riesgo (análisis de deforestación con imágenes satelitales) y mitigación de riesgo (acciones correctivas cuando sea necesario). Sin esa comprobación, el producto no entra en la UE.
A escala
Cuando la norma se actualiza, el motor de cálculo ya está listo.
marcos soportados
GHG Protocol, CSRD, IFRS S2, CDP, GRI, SASB, CBAM, SBCE. Una sola base.
factores de emisión
IPCC, DEFRA, MCTI, EPA, Ecoinvent. Todos versionados, con fuente, año y gas.
alcances cubiertos
Alcances 1, 2, 3 y biogénicos. Operativo y financiero. Todo entra.
Aplicabilidade
A quién se aplica.
- Exportadores de soja, café, cacao, carne bovina, madera, caucho y aceite de palma hacia la Unión Europea.
- Comercializadoras y cooperativas que intermedian materias primas con destino europeo.
- Mataderos y procesadoras de carne bovina con clientes en la UE.
- Empresas de papel, celulosa y muebles que exportan productos derivados de la madera.
Cómo entregamos
De la fuente al auditor.
Estructuramos el sistema de debida diligencia según el EUDR: recolección de geolocalización, mapeo de la cadena de suministro y definición de procesos de evaluación de riesgo.
Integramos datos de monitoreo satelital para verificar cero deforestación post-2020, con documentación trazable para cada lote exportado.
Preparamos la declaración de debida diligencia en el formato exigido por el sistema europeo, con trazabilidad auditable completa para inspecciones.
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